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GROSSMED

Regulador de flujo - cuentagotas

Regulador de flujo - cuentagotas

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💧 Regulador de Flujo Volumétrico – Tipo Cuentagotas (Dial-A-Flow)

Precisión absoluta en infusión intravenosa: control exacto del flujo para una terapia farmacológica segura.

  • Graduación Numérica de Precisión: Cuenta con un dial rotatorio calibrado que permite ajustar el flujo volumétrico de manera directa en un rango desde 5 mL/h hasta 250 mL/h. Esto elimina la variabilidad del conteo manual de gotas y minimiza el riesgo de errores de dosificación.

  • Cámara de Goteo (Cuentagotas) Integrada: Equipado con un visor transparente de alta claridad que permite monitorizar visualmente el flujo constante de la solución, facilitando la detección rápida de obstrucciones o el fin de la infusión.

  • Flujo Estable y Constante: Su mecanismo interno de restricción compensa las ligeras variaciones de presión o altura del soporte del suero, asegurando que el paciente reciba la dosis exacta programada a lo largo del tiempo.

  • Conectores Luer-Lock Seguros: Posee terminales universales macho y hembra con rosca Luer-Lock, lo que garantiza una conexión hermética, libre de fugas y compatible con cualquier catéter periférico, vía central o llave de tres vías.

  • Fórmula Libre de DEHP: Fabricado con plásticos de grado médico de alta biocompatibilidad que no liberan componentes tóxicos, siendo altamente seguro para la administración de soluciones fotosensibles o medicamentos de estrecho margen terapéutico.

Especificaciones Técnicas:

  • Rango de Regulación: 5 a 250 mL/h.

  • Componentes: Dial regulador, cámara cuentagotas, tubo de PVC flexible y sitio de inyección (Y-site) libre de aguja (según modelo).

  • Esterilización: Gas de Óxido de Etileno (EO).

  • Uso: Descartable / Un solo uso. No pirogénico.

Aplicaciones Clínicas Recomendadas: Insumo indispensable en áreas de cuidado crítico y hospitalización para:

  • Pediatría y Neonatología: Donde los volúmenes de infusión son mínimos y cualquier variación puede comprometer la estabilidad del paciente.

  • Unidades de Cuidados Intensivos (UCI) y Emergencias: Para el goteo controlado de medicamentos de alto riesgo como vasoactivos, antiarrítmicos u oxitocina cuando no se dispone de una bomba de infusión electrónica.

  • Oncología: Administración precisa de esquemas de quimioterapia y terapias de soporte hídrico.

  • Atención Domiciliaria: Facilita al personal de enfermería o cuidadores mantener el flujo exacto indicado por el médico sin necesidad de equipos electrónicos complejos.

El resultado: Un dispositivo de bioseguridad que optimiza la terapia intravenosa, reduciendo la carga de trabajo del personal de enfermería y garantizando una entrega de fármacos exacta, predecible y segura.

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CLÁUSULA DE INDISPONIBILIDAD DE CAMBIO POR RAZONES DE BIOSEGURIDAD Y CONTROL DE CALIDAD

DE LA NATURALEZA DE LOS INSUMOS Y RESTRICCIÓN DE CAMBIOS: Queda expresamente establecido entre VITTAL y EL USUARIO que, dada la naturaleza especializada de los insumos médicos comercializados, los cuales están sujetos a rigurosos protocolos de bioseguridad, esterilidad y estándares de calidad exigidos por la normativa sanitaria venezolana, VITTAL NO REALIZARÁ CAMBIOS, CANJES NI DEVOLUCIONES de insumos médicos una vez que estos hayan sido retirados de sus instalaciones, entregados al transportista o recibidos conforme por el cliente. Esta restricción se fundamenta en el Artículo 83 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV), que establece la salud como un derecho social fundamental que el Estado y los particulares deben garantizar, y en la Ley de Medicamentos, que exige el mantenimiento de la cadena de custodia para asegurar la eficacia de los productos.

PARÁGRAFO PRIMERO: JUSTIFICACIÓN SANITARIA Y DE ORDEN PÚBLICO. Esta política tiene como fin último garantizar la integridad física y la seguridad del paciente, evitando riesgos de contaminación cruzada o alteración de las propiedades técnicas del producto por almacenamiento inadecuado fuera del control de VITTAL. De conformidad con la Ley de Protección al Consumidor y al Usuario (en concordancia con la normativa vigente de la SUNDDE), el derecho a la devolución no es absoluto cuando se trata de bienes que por su naturaleza no pueden ser devueltos o pueden deteriorarse con rapidez, o cuando existan razones de higiene y salud pública que lo impidan.

PARÁGRAFO SEGUNDO: RESPONSABILIDAD DE VERIFICACIÓN Y VICIOS APARENTES. Es responsabilidad exclusiva de EL USUARIO verificar, de manera previa a la adquisición, las especificaciones técnicas, tallas, componentes, fechas de vencimiento y compatibilidad de los insumos. Al perfeccionarse la compra, EL USUARIO declara haber revisado el producto y estar conforme. Con base en el Artículo 1.491 del Código Civil Venezolano, el vendedor no responde por los vicios aparentes y de los cuales el comprador habría podido convencerse por sí mismo. En consecuencia, cualquier error en la selección por parte del comprador no dará lugar a la sustitución del bien, toda vez que el consentimiento se considera libre de vicio al momento de la entrega conforme (Artículos 1.141 y 1.146 del Código Civil).